Chicas, a dotarse solas...
Éste, es para aquellos que no estén muy familiarizados con el vocabulario legal. Caso contrario, quizás no les cause gracia.
Les voy a copiar textual, el Artículo 270 del Código Civil de la República Argentina:
"Los padres no están obligados a dar a sus hijos los medios de formar un establecimiento, ni a dotar a las hijas."
Esto nos esgrime 3 grandes verdades, de acuerdo a nuestro legislador Vélez Sarsfield:
Les voy a copiar textual, el Artículo 270 del Código Civil de la República Argentina:
"Los padres no están obligados a dar a sus hijos los medios de formar un establecimiento, ni a dotar a las hijas."
Esto nos esgrime 3 grandes verdades, de acuerdo a nuestro legislador Vélez Sarsfield:
- Los hombres queremos un depto
- Las mujeres quieren más tetas
- Los padres no están obligados a darnos ninguna de estas cosas
Agradezco las siguientes fuentes de inspiración: Fede y la materia Dcho. de Familia y Sucesiones.
Comentarios
srito minister! ¿porque no lo cuenta en voz alta así nos reimos todos?
Dotar = Poner tetas
Bien dotada = Tiene buenas tetas
Es obvio que el artículo no se refiere a eso, pero bueno...
Ayudó?
prefiero los de matematicas..
ah jajajaja me acuerdo y me rio sola.. por dios que al pedo que estoy hoy, para que me levante de la camaaaaaaaaa
Yo prefiero uno a tetas. que querés que te diga.
saludos